Directrices de Luxemburgo

Las directrices sobre terminología, también conocidas como Directrices de Luxemburgo, ofrecen orientación sobre cómo utilizar los complejos términos usados habitualmente para tratar la explotación y el abuso sexual de las niñas, niños y adolescentes.

Estas directrices contienen recomendaciones precisas sobre la terminología que debe emplearse para referirse a la pornografía infantil, el turismo sexual relacionado con las niñas, niños y adolescentes y la prostitución infantil.

Las palabras son importantes porque afectan la forma en que conceptualizamos problemas, priorizamos asuntos y forjamos respuestas. El uso inconsistente del lenguaje y de los términos puede dar lugar a leyes y respuestas normativas débiles sobre éstos. A pesar de que existen definiciones jurídicas para una serie de delitos sexuales cometidos contra las niñas, los niños y adolescentes. Incluso cuando se usan los mismos términos, en ocasiones existe desacuerdo respecto al significado real de los mismos, y, en consecuencia, se observa que se usan las mismas palabras para referirse a acciones o situaciones diferentes. Esto presenta problemas y obstáculos a la hora de desarrollar políticas y programas, elaborar leyes o recolectar datos, lo cual a su vez conduce a la toma de medidas inadecuadas y a la aplicación de métodos limitados e ineficaces para medir resultados o para establecer objetivos. En el contexto de la explotación y el abuso sexuales de niñas, niños y adolescentes de carácter internacional/fronterizo, estas dificultades se magnifican.

Por iniciativa de ECPAT International, acrónimo de End Child Prostitution, Child Pornography and Taffiking of Children for Sexual Purposes (Acabar con la Prostitución Infantil, la Pornografía Infantil y el Tráfico de Niños con fines Sexuales) y con el objetivo de superar la falta de acuerdo entre las entidades de las Naciones Unidas, organizaciones no gubernamentales internacionales que trabajan por los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y los organismos internacionales y regionales de orden público con respecto a qué términos deben utilizarse para describir las diferentes formas de explotación y abuso sexual de niñas, niños y adolescentes, se creó en 2014 un Grupo de Trabajo Interinstitucional (GTI) compuesto por los principales interesados en el ámbito.

Basándose en su experiencia, los integrantes del GTI y sus respectivas organizaciones, iniciaron una discusión y análisis detallado sobre terminología y definiciones, que se prolongó durante más de un año. El GTI fue presidido por el profesor Jaap Doek, antiguo Presidente del Comité de los Derechos del Niño. Junto a las discusiones del GTI, se llevó a cabo un proceso de consultas con un grupo más amplio de expertos en protección de niñas, niños y adolescentes teniendo inglés, francés y español como idiomas de trabajo.

El GTI concluyó formalmente su trabajo en enero de 2016, cuando las Orientaciones terminológicas para la protección de niñas, niños y adolescentes contra la explotación y el abuso sexuales fueron adoptadas en Luxemburgo.

Fuente: luxembourgguidelines.org/es

0 comentarios:

Publicar un comentario